Este comité es el encargado de promover la participación y la práctica de las disciplinas deportivas y de recreación, fomentando así la integración, el bienestar y el trabajo en equipo; con la finalidad de mejorar la salud y la diversión. Debe establecer mecanismos que lo ayuden a identificar las necesidades que responda a las potencialidades y aspiraciones de sus habitantes, en materia de deporte, recreación y actividades físicas para la salud que conlleven a formar una mejor calidad de vida, motivando a la sana competencia y la integración de los niños, niñas, adolescentes, adultos y adultos mayores, en los proyectos y articular con los Comités de Protección Social de Niños, Niñas y Adolescentes, de Familia e Igualdad de Género, de Educación, Cultura y Formación Ciudadana, a fin de coordinar esfuerzos en pro de apuntar hacia la masificación deportiva y ocupar los ratos de ocio de los ciudadanos y ciudadanas. Su creación está fundamentada en los ART. 78, 79, 80 Constitución de la República de Venezuela, en Ley Orgánica de los Consejos Comunales ART. 28 y en el tercer motor del Socialismo Bolivariano.
Este comité es el encargado de promover la participación y la práctica de las disciplinas deportivas y de recreación, fomentando así la integración, el bienestar y el trabajo en equipo; con la finalidad de mejorar la salud y la diversión. Debe establecer mecanismos que lo ayuden a identificar las necesidades que responda a las potencialidades y aspiraciones de sus habitantes, en materia de deporte, recreación y actividades físicas para la salud que conlleven a formar una mejor calidad de vida, motivando a la sana competencia y la integración de los niños, niñas, adolescentes, adultos y adultos mayores, en los proyectos y articular con los Comités de Protección Social de Niños, Niñas y Adolescentes, de Familia e Igualdad de Género, de Educación, Cultura y Formación Ciudadana, a fin de coordinar esfuerzos en pro de apuntar hacia la masificación deportiva y ocupar los ratos de ocio de los ciudadanos y ciudadanas. Su creación está fundamentada en los ART. 78, 79, 80 Constitución de la República de Venezuela, en Ley Orgánica de los Consejos Comunales ART. 28 y en el tercer motor del Socialismo Bolivariano.
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